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Defensoría Popular: protección jurídica comprometida contra la “persecusión estatal”

Los abogados María Magdalena Rivera y Washington Lizana describen las causas que han asumido desde 2006. Entre casos como "Bombas 1", "Bombas 2", la "Rubia Encapuchada", "Ángelo Estrada" y "César Reyes" van explicando sus principios y filosofía; la de defender al mundo sindical, estudiantil y poblacional, que protesta y resiste.

El viernes 22 de junio Washington Lizana, abogado de la Defensoría Popular, daba la charla “consideraciones legales para movilizaciones y protestas” a un grupo de padres, apoderados y alumnos de distintos liceos de Santiago que se encontraban movilizados en ese momento.

Niños desde 7º básico consultaban qué se podía hacer y qué no en movilizaciones o ante detenciones de Carabineros. El recuerdo del 24 de mayo —cuando la policía ingresó al Instituto Nacional y se produjo un enfrentamiento en los patios del colegio— estaba fresco: alumnos detenidos, con eventuales sumarios y juicios.

Tras la charla, el abogado contestó las preguntas de los alumnos y del grupo Apoderados Organizados, quienes convocaron el evento.

Tres semanas después, María Magdalena Rivera —abogada y coordinadora de la agrupación— y Washington Lizana accedieron a esta entrevista para conversar sobre la Defensoría, su historia y casos más relevantes. “En el área metropolitana al menos, hemos estado en causas de una complejidad tal que un sector inmenso de la población cree que sólo ocurrían en la época de la dictadura”, dice Lizana, quien, al preguntársele por la relación que tienen con las policías y uniformados, no duda en responder “Ellos cumplen una función, nosotros otra”.

Rivera y Lizana dicen que mientras existan luchas sociales y ellas “desencadenen persecución estatal, criminalización e intentos de persecución”, ellos van a tener una razón de ser, porque “hay descontento, miseria, pobreza e injusticia”. Porque “hay sectores sociales que tienen la necesidad de una defensa jurídica potente técnicamente, pero también comprometida”. Porque “hay principios y garantías para todos, basados en la igualdad ante la ley”. Porque existe “el derecho a la salud, a la educación, al debido proceso, a manifestarse y expresarse”. Se trata de derechos —enfatizan— que “son negados día a día”.


María Magdalena Rivera y Washington Lizana

— Cómo nace la Defensoría Popular

M.R.: Es una agrupación informal de abogados y estudiantes de Derecho, además de especialistas en otras áreas —trabajadores sociales, médicos, peritos de distinta índole— que desde 2005 nos organizamos como un colectivo con el objeto de prestar asistencia jurídica para hacer efectivo el derecho de defensa de personas, principalmente jóvenes y trabajadores, que eran perseguidos judicialmente por participar en actos de protesta social.

W.L.: Ese el ámbito en el que surgimos. Nuestro primer gran trabajo fue asumir las defensas en procesos penales de estudiantes en el marco de las movilizaciones de secundarios en 2006, que eran perseguidos o se les criminalizaba por tomas de colegios o por participar en manifestaciones. Nuestro punto de vista siempre fue que se pueda hacer efectivo el derecho de expresarse, organizarse, manifestarse, con solidaridad y simpatía hacia los movimientos sociales; esa es nuestra característica principal. Hacemos un trabajo jurídico especializado dentro del derecho penal, en un ámbito muy especifico de leyes penales atingentes a la persecución de luchadores sociales, como el sindical, estudiantil y poblacional.


— ¿Cómo se mantiene un proyecto así en el tiempo? ¿Es gratuito?

M.R.: No lo es. Podríamos decir que se mantiene en dos ámbitos: primero, desarrollando defensas laborales, pero también nos pasó que en el primer Gobierno de Sebastián Piñera se intentó, a través de los tribunales de justicia, la criminalización de la protesta social o de los reclamos sociales de diversos sectores. Recorrimos varias regiones encabezando una campaña contra la denominada Ley Hinzpeter.


No entregamos solamente una defensa técnica, sino que además tenemos opinión y la planteamos a los diversos sectores. Eso no significa que ellos la acepten ni que nosotros estemos de acuerdo con tal o cual movilización: somos simpatizantes de la reivindicación del derecho a reclamar, a luchar, organizarse.

Segundo, en relación con cómo nos mantenemos financieramente, es bien difícil. Si bien formalmente no cobramos honorarios por las causas, hacemos un compromiso por escrito con el representado, en el cual el defendido tiene ciertas obligaciones; en ese trato se compromete a entregar una colaboración dependiendo de sus posibilidades económicas, lo que en la práctica significa que si vemos que alguien necesita de nuestra defensa porque como consecuencia de su lucha está siendo perseguido, nosotros aceptamos, no cobramos honorarios, pero sí recibimos colaboraciones. Y así hemos logrado mantenernos; además, cada uno de nosotros lleva sus causas particulares.


— ¿Cómo creen ustedes que es percibida esta mirada social por otros abogados y por el Ministerio Público?

W.L.: Ha sido un proceso. Cuando nosotros irrumpimos en el mundo jurídico, al principio había mucha suspicacia, porque éramos un actor que con planteamientos jurídicos desde un ámbito crítico y desde una posición que ponía en cuestionamiento el papel del Ministerio Público; el de la Defensoría Penal Pública, en asumir efectivamente la defensa de los derechos de aquellos que protestaban; y en el papel que cumplía el Gobierno como querellante en causas.

Por ejemplo, durante 2006 se detenía a centenares de jóvenes en el marco de las movilizaciones, los adolescentes pasaban privados de libertad una noche y al día siguiente la fiscalía proponía suspensión condicional, que consistía en acreditar la calidad de estudiantes. Nosotros nos negábamos por dos razones: primero, porque si el fiscal que estaba de turno tenía conocimiento de que había personas detenidas y que se les atribuían ciertos hechos, y si ya había asumido que esos hechos habían ocurrido de una manera determinada y estaba dispuesto a dar una salida alternativa… entonces ¿cuál era el sentido de tener a un joven toda la noche privado de libertad en una comisaría? En segundo lugar, nos parecía desproporcionado, pero también nos parecía que el hecho mismo de la detención era indebido. Preferíamos ir a juicio para acreditar que efectivamente no se habían cometido delitos y eso marcó un sello.

M.R.: Al comienzo había suspicacia, incredulidad y duda, pero creo que con el correr de los años se dieron cuenta de que esto no era una consigna, no éramos un grupo de personas que íbamos a hacer activismo, sino que teníamos una posición jurídica crítica del sistema judicial, del papel de las instituciones parte del sistema de persecución penal.

W.L.: El nivel técnico con que trabajábamos permitió que nuestros puntos de vista comenzaran a ser acogidos por los tribunales. Como asumíamos la defensa desde la comisaría, velábamos por que no hubiera excesos policiales y se controlara su actuación policial hasta las audiencias mismas en tribunales. Aunque se tratara de adolescentes, la Defensoría Penal Pública no lo hacía y nuestra actuación obligó a que los defensores penales públicos adolescentes fueran a las comisarías a constatar la situación. En aquellos años presentamos varios amparos.

M.R.: En el último tiempo hemos trabajado en causas bastante complejas, como imputaciones de leyes terroristas, infracciones a leyes de seguridad del Estado, y estamos satisfechos porque la mayoría ha recibido sentencias absolutorias o decisiones de no perseverar.

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